Fichaje y normativa
Control horario en hostelería: el registro de jornada obligatorio en tu restaurante, bien organizado
Fichar es una parte del trabajo. También necesitas resolver incidencias, revisar las horas y recuperar los registros cuando los pida la plantilla o la Inspección. Repasamos las obligaciones y cómo llevarlas al día a día del restaurante.
Pau Coderch9 min de lectura

En este artículo
En 30 segundos
- El registro debe reflejar la jornada real. El cuadrante sirve para planificar, pero no explica por sí solo las entradas, salidas e incidencias de cada día. Define cómo se registran y quién las revisa.
- Conserva y permite consultar los registros. El artículo 34.9 fija cuatro años y su disponibilidad para las personas legitimadas. Comprueba que puedes recuperarlos incluso después de cambiar de proveedor.
- Revisa por separado tiempo parcial y horas extra. Tienen obligaciones específicas de totalización y entrega de resúmenes. Coordina fichajes, contratos y nóminas con quien lleve la gestión laboral.
Qué es el control horario y desde cuándo es obligatorio
Control horario, registro de jornada o fichaje son la misma cosa: un registro diario de a qué hora empieza y acaba de trabajar cada persona de tu plantilla. No el turno del cuadrante, sino la hora real. Desde el 12 de mayo de 2019 es obligatorio para todas las empresas de España.
La norma es el Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, que añadió el apartado 9 al artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores. No hay excepciones por tamaño, sector ni tipo de contrato. Solo quedan fuera figuras muy concretas, como el personal de alta dirección, que en un bar de barrio no existe.
El Ministerio de Trabajo tramita un real decreto sobre registro de jornada, cuyo proyecto está en su portal de participación pública y pide medios digitales. A 19 de septiembre de 2026 no se ha publicado en el BOE, así que no está en vigor; compruébalo en el BOE cuando leas esto.
Qué dice la ley exactamente: el artículo 34.9
El artículo 34.9 dice cuatro cosas. La empresa "garantizará" el registro diario. Ese registro "deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora". Se organiza por negociación colectiva o acuerdo de empresa o, si no hay, por decisión del empresario previa consulta. Y se conserva cuatro años a disposición de trabajadores, representantes e Inspección.
La empresa es responsable de garantizar el registro y resolver las incidencias del sistema. Que falte un fichaje exige revisar lo ocurrido; no permite deducir por sí solo la sanción. El cuadrante recoge la planificación, mientras que el registro debe reflejar el inicio y finalización reales de la jornada.
Lo que la ley no dice es cómo. La guía del Ministerio de Trabajo da por válido cualquier medio, en papel o digital, que dé información fiable, inmodificable y no manipulable a posteriori. El Criterio Técnico 101/2019 de la Inspección, publicado en oeitss.gob.es, pide un sistema objetivo, fiable y accesible. Ahí es donde el papel empieza a fallar.
Qué debe registrar y qué no hace falta
Los mínimos son pocos: quién, qué día, a qué hora empezó y a qué hora terminó. Si hizo horas extra, tienen que verse aparte.
Las pausas son la duda habitual. La ley no obliga a registrarlas, pero si no lo haces la Inspección puede contar todo el tramo como trabajo. En un turno partido de 12 a 16 y de 20 a 24, registrar dos entradas y dos salidas te ahorra una discusión de cuatro horas al día. El convenio provincial puede añadir cosas; léelo o pregunta a tu gestoría.
- Identidad del trabajador: nombre y apellidos o un identificador claro.
- Fecha de cada día trabajado.
- Hora concreta de inicio de la jornada.
- Hora concreta de fin de la jornada.
- Horas extraordinarias, si las hay, separadas de las ordinarias.
- Recomendable: entradas y salidas de cada tramo en turno partido, y pausas si el convenio lo pide.
Conservación cuatro años y quién puede pedirlo
Los registros se guardan cuatro años desde la fecha de cada anotación. Un registro de hoy tiene que poder enseñarse en septiembre de 2030. Tienen que estar a disposición del trabajador, de sus representantes y de la Inspección, que puede pedirlos en la visita.
El trabajador tiene derecho a ver su registro y, si hace horas extra o tiene contrato a tiempo parcial, a recibir una copia mensual con la nómina. Perder los registros por un cambio de local, un robo o un Excel corrupto no es excusa. Lo sensato es que estén en un sistema con copia fuera del local.
Cómo se decide el sistema: convenio, acuerdo o decisión tuya
En un bar de seis personas no hay comité ni delegado, así que decides tú, pero conviene documentarlo: una hoja de una página con qué sistema usas, cómo se ficha, qué se hace si alguien olvida fichar, quién corrige y cómo se guarda. La firman los empleados al entrar.
Revisa tu convenio provincial de hostelería. Si dice algo sobre el registro o la copia al trabajador, manda sobre tu decisión.
Tiempo parcial y horas extra: los resúmenes adicionales
Para el tiempo parcial, el artículo 12.4.c del Estatuto obliga a registrar día a día, con resumen mensual y copia al trabajador. Si no hay registro, la ley presume que el contrato es a jornada completa, salvo que pruebes lo contrario. Un camarero de 20 horas sin registro puede reclamar como si fuera de 40: los salarios, con el plazo de un año del artículo 59 del Estatuto, y la Seguridad Social puede liquidar cuotas de hasta cuatro años (artículo 24 de la Ley General de la Seguridad Social).
Las horas extra se registran día a día y se entrega copia al trabajador en la nómina, según el artículo 35.5. Un registro real que muestra 45 horas semanales con contrato de 40 es un problema; no tener registro es un problema mayor.
La Inspección de Trabajo: qué pide y cómo actúa
La Inspección puede comprobar el cumplimiento de las obligaciones de jornada y solicitar documentación. Organiza el archivo para localizar los registros del personal y contrastarlos con contratos y nóminas, sin depender de que esté presente la única persona que conoce el programa.
Los registros deben poder relacionarse con el trabajo realizado. Conserva las incidencias y las correcciones con su explicación. Un archivo aparentemente completo no resuelve contradicciones entre las horas registradas, las nóminas y lo que ocurrió durante el servicio.
Una actuación también puede iniciarse a partir de una denuncia. La denuncia formal ante la Inspección exige identificar a quien la presenta, aunque su origen es confidencial frente a la empresa. No debe confundirse con otras vías de comunicación de posibles irregularidades.
Papel, Excel o app: qué vale y qué falla
El artículo 34.9 no fija un soporte concreto. Un registro en papel debe reflejar las horas reales y conservarse de forma que pueda consultarse. La fiabilidad se valora con el conjunto de hechos; que varias anotaciones tengan la misma letra no demuestra por sí solo que el registro sea falso.
Un Excel compartido mejora la lectura y empeora la prueba: cualquiera cambia una celda de hace tres meses sin dejar rastro. Una app resuelve las dos cosas: la hora la pone el sistema, los cambios quedan registrados y los datos viven fuera del local.
Lo que hay que mirar al elegir: que exporte a PDF y Excel, que registre horas extra aparte, que avise de fichajes olvidados y que no obligue a comprar un lector de huella.
Cómo lo hace Menuveo
El fichaje de Menuveo va dentro del plan Pro: cada persona ficha desde su móvil, las horas se guardan con marca de tiempo y el informe para la Inspección o la gestoría se exporta en un toque.
Obligaciones, cómo cumplirlas y el error típico
Esta tabla resume la guía en una pantalla: lo que mira un inspector, lo que hace un restaurante que lo tiene bien y el error típico.
| Obligación (norma) | Cómo cumplirla en un restaurante | Error típico |
|---|---|---|
| Registro diario de inicio y fin (art. 34.9 ET) | Fichaje al entrar y al salir, con hora automática | Anotar el turno del cuadrante en vez de la hora real |
| Cada persona trabajadora, sin excepción | Alta de todo el equipo, incluidos fines de semana y extras | Dejar fuera al que "solo viene los sábados" |
| Sistema objetivo, fiable y accesible (CT 101/2019 ITSS) | App con marca de tiempo y trazabilidad de cambios | Anotar el horario previsto sin comprobar la jornada real |
| Conservación 4 años | Datos en la nube con copia y exportación | Archivador que se pierde al cambiar de local |
| A disposición de trabajador, representantes e Inspección | Informe por persona y periodo exportable en un minuto | Tardar días en "buscar los papeles" |
| Horas extra registradas aparte (art. 35.5 ET) | El sistema calcula el exceso sobre la jornada del contrato | Sumarlas a mano o no sumarlas |
| Tiempo parcial: día a día y copia mensual (art. 12.4.c ET) | Resumen mensual adjunto a la nómina | No entregar copia y arriesgar la presunción de jornada completa |
| Organizar el registro con consulta (art. 34.9 ET) | Hoja de protocolo firmada por el equipo | No tener nada escrito sobre cómo se ficha |
| Coherencia con contratos y nóminas | Revisión mensual con la gestoría | Registro de 45 horas con contrato de 40 y nómina sin extras |
Cómo implantarlo en tu restaurante en una semana
Lunes: elige el sistema y escribe la hoja de protocolo. Martes: da de alta a todo el equipo con su jornada de contrato. Miércoles: explícalo en cinco minutos antes del servicio y que cada uno fiche una prueba. Jueves y viernes: fichaje real, revisando cada noche los olvidos.
A la semana siguiente, exporta el primer informe y mándaselo a la gestoría. Si cuadra con los contratos, ya tienes lo que un inspector pediría. Si llevas dos años sin registro, empieza hoy: no se puede reconstruir el pasado, y empezar tarde es mejor que no empezar.
Antes de extender el sistema a toda la plantilla, prueba una semana con situaciones habituales: turno partido, cambio de horario y salida olvidada. Revisa las incidencias con las personas afectadas y corrige el procedimiento. La prueba sirve para descubrir problemas de uso; no sustituye la consulta y los acuerdos que correspondan.
Cómo lo hace Menuveo
Con Menuveo el alta del equipo, el fichaje desde el móvil y el informe mensual para la gestoría están en la misma app que la carta y las reservas, sin otra cuota.
Preguntas frecuentes
Sí. El artículo 34.9 del Estatuto obliga a todas las empresas, sin mínimo de plantilla.
La ley no obliga a registrar las pausas, pero si no lo haces la Inspección puede contar todo el tramo como trabajo. En turno partido, registra dos entradas y dos salidas. Tu convenio puede pedir más.
Legalmente sí, si se rellena cada día a la hora real y se guarda cuatro años. En la práctica es difícil de defender: no hay forma de probar cuándo se escribió.
Cuatro años desde cada anotación, a disposición del trabajador, de sus representantes y de la Inspección. Perderlo sigue siendo una infracción.
La ley presume que es a jornada completa, salvo prueba en contrario. El trabajador puede reclamar salarios de un año (art. 59 ET) y la Seguridad Social liquidar cuotas de hasta cuatro años (art. 24 LGSS).
Sí. Una app en el móvil, con código o ubicación, es válida si la hora la pone el sistema y no se puede alterar sin rastro. Recógelo en la hoja de protocolo y respeta la protección de datos.
No. No hay obligación de sistemas biométricos y la Agencia de Protección de Datos los mira con lupa. Un QR, un código o la geolocalización en el móvil son suficientes.



